Cien años de la Ley Calles: el Estado frente a la fe
por Redacción UC 09/01/2026 0 comentarios

A un siglo de distancia, la Ley Calles sigue siendo una de las normas más controvertidas del México posrevolucionario. Promulgada en enero de 1926, no sólo tensó la relación entre el Estado y la Iglesia Católica: detonó una guerra civil de baja intensidad, reconfiguró la vida comunitaria en amplias regiones del país y dejó una herida que aún atraviesa el debate sobre la libertad religiosa y los límites del poder público.
¿En qué consistía la Ley Calles?
La llamada Ley de Tolerancia de Cultos —conocida popularmente por el apellido del presidente Plutarco Elías Calles— fue una ley reglamentaria del artículo 130 de la Constitución de 1917. Endureció y operativizó disposiciones anticlericales: obligó a los ministros de culto a registrarse ante autoridades civiles, limitó su número por entidad, prohibió la participación política del clero, sancionó el uso de hábitos fuera de los templos, restringió la educación religiosa y facultó a los gobiernos estatales para aplicar penas severas a quienes incumplieran. En la práctica, convirtió en delito conductas habituales de la vida religiosa y colocó a las iglesias bajo una vigilancia constante del Estado.
La repercusión social: del conflicto legal a la guerra
La respuesta fue inmediata. La jerarquía católica suspendió el culto público en protesta, mientras que amplios sectores del laicado organizaron boicots económicos, manifestaciones y, en no pocas regiones del Bajío y el occidente del país, tomaron las armas. Así estalló la Guerra Cristera (1926–1929), un conflicto marcado por la violencia rural, las lealtades comunitarias y un lenguaje de fe condensado en el grito de “¡Viva Cristo Rey!”.
Las consecuencias sociales fueron profundas: desplazamientos, ejecuciones sumarias, fractura del tejido comunitario y una radicalización que enfrentó a vecinos, familias y pueblos enteros. Al mismo tiempo, el Estado fortaleció su aparato coercitivo y buscó afirmar su control frente a cualquier poder considerado “corporativo”, en una lógica heredera del anticlericalismo liberal decimonónico y del impulso revolucionario por subordinar a la Iglesia.
El “Grito de Guadalajara” y el símbolo del desafío
Guadalajara fue uno de los epicentros del conflicto. Desde ahí se articularon llamados públicos de resistencia moral y civil frente a la Ley Calles, conocidos en la memoria colectiva como el “Grito de Guadalajara”. Más que un alzamiento puntual, fue un gesto simbólico: la expresión de una ruptura entre la legalidad estatal y la conciencia religiosa de millones de fieles. Ese grito condensó la idea de que la obediencia a la ley encontraba un límite cuando la norma invadía el ámbito de la fe y la vida sacramental.
¿Cuál fue el papel de las iglesias no católicas?
A diferencia de la Iglesia católica, las iglesias protestantes y no católicas no protagonizaron el conflicto armado ni encabezaron la oposición pública a la Ley Calles. En general, su participación fue marginal. Algunas denominaciones evangélicas fueron toleradas por el gobierno al no representar el mismo peso histórico ni institucional que el catolicismo. Esto no significa que la ley no les afectara en términos formales, pero sí que el choque político y social se concentró en la relación Estado–Iglesia católica.
La resolución: arreglos sin reforma
El conflicto no se resolvió por una derogación de la Ley Calles. En 1929, tras negociaciones en las que fue clave la mediación del embajador estadounidense Dwight Morrow, se alcanzaron los llamados arreglos. El Estado mantuvo la legislación, pero moderó su aplicación; la Iglesia reanudó el culto público y llamó al cese de las hostilidades. Fue una salida pragmática: paz sin vencedores claros, legalidad intacta y una convivencia basada más en la discrecionalidad que en la reconciliación jurídica.
Un siglo después: la lección de los límites
A cien años, la Ley Calles recuerda el costo social de un Estado que, en nombre de la modernidad o del orden, invade el núcleo de las convicciones personales. La libertad religiosa no es una concesión del poder, sino un derecho fundamental que protege la conciencia, la asociación y la pluralidad. Cuando el Estado se desborda y pretende administrar la fe, erosiona su propia legitimidad y abre la puerta al conflicto.
La historia de la Ley Calles —del “Grito de Guadalajara” a los arreglos de 1929— enseña que la paz social duradera no se impone por decreto. Se construye reconociendo límites, garantizando derechos y entendiendo que la neutralidad del Estado no consiste en perseguir la religión, sino en permitir que todas las creencias convivan en libertad. Contener al Estado, en este terreno, no debilita a la República, sino que la fortalece.


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